Se impondrá de dos a cinco años de prisión y de 60 a 100
días multa al que amenace haciendo uso de armas falsas, de juguete, utilería o
réplicas.
Toluca de Lerdo, Méx.- El uso de armas falsas, de juguete,
utilería o réplicas para cometer un ilícito será castigado con cárcel, de
acuerdo a la iniciativa aprobada en Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos
Constitucionales, y de Procuración y Administración de Justicia de la LVII
Legislatura del Estado de México.
Con las modificaciones al Código Penal, se establece una
sanción de dos a cinco años de prisión y de 60 a 100 días multa al que amenace
o intimide a una persona haciendo uso de armas falsas, de juguete, utilería o
réplicas; aun cuando no sean aptas para causar un daño físico, pero produzca
temor efectivo e inminente en la víctima.
La iniciativa aclara que estas penas sólo se aplicarán
cuando no se cause daño, o los hechos no constituyan tentativa de homicidio; de
lo contrario se impondrán las penas del delito consumado o en grado de
tentativa.
El uso de este tipo de armas es considerado una modalidad de
violencia moral, por lo que, de acuerdo a la reforma al artículo 290, se agrava
la penalidad en el delito de robo —además de las contenidas en este artículo—
para alcanzar de tres a diez años de prisión y una multa proporcional de uno a
tres veces el valor de lo robado.
Durante el desarrollo de la discusión de este asunto, el
diputado Francisco Javier Veladiz Meza —quien presidió la sesión de comisiones
unidad— comentó que la iniciativa busca protección a un sujeto ante el uso de
algún objeto que le propicie temor y lo lleve a ser una víctima.
Al respecto, el legislador, Horacio Jiménez López, indicó
que el término armas de juguete no existe; “estamos hablando de armas falsas,
de utilería o réplica y no armas de juguete por que un juguete dista mucho de
ser un arma, pero sí genera descontrol, amenaza y amago”, por lo que propuso
sustituir armas de juguetes por armas falsas, de utilería o réplica.
Por su parte, el diputado, Luis Antonio González Roldán,
mencionó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido
pronunciamientos al respecto, por lo que existe jurisprudencia sobre el uso de
“armas de juguetes”.
En este sentido, propuso añadir a la propuesta del diputado
Jiménez “armas falsas o de juguete” en el sentido de la interpretación de la
propia Corte.
El legislador, Ricardo Moreno Bastida, abundó que la
iniciativa pretende regular el uso de réplicas de armas para amedrentar o
amagar, así como llevar a cabo un delito. En este sentido, consideró que las
armas de juguete están incluidas en las de utilería o réplicas.
Con la adición al Artículo 253 del Código Penal se determina que comete el delito de disparo
de arma de fuego y ataque peligroso —además de los establecido en este
ordenamiento— quien haga uso de armas de municiones, ballestas o cualquier objeto
que dispare o proyecte objetos, con el propósito de causar daño o atacar a
alguna persona.