Toluca de Lerdo, México.
La LIX Legislatura mexiquense analizará una iniciativa
presentada por el titular del Ejecutivo estatal para adicionar el “robo por
negligencia” en los casos que ameritan sanciones para los integrantes de las
instituciones de seguridad pública que descuiden los equipos y armas de fuego
que les asignan para el ejercicio de sus funciones.
También propone que las penas por esta falta alcancen los
cuatro años de prisión y 400 días multa en caso de armas cortas, y de hasta
seis años de prisión y 500 días multa cuando se trate de armas largas.
De aprobarse, el “robo por negligencia”, así como el
ocultamiento o la desaparición del equipo, se sumarían a conductas que ameritan
esta pena como el extravío, daño, alteración, sustracción o entrega a un
tercero, fuera de los casos de revisión o de los previstos en las normas
aplicables.
Adicionalmente, los responsables deberán pagar la reparación
del daño en favor de la institución de seguridad pública que haya otorgado las
asignaciones o resguardos correspondientes.
La iniciativa de reforma al artículo 207 de la Ley de
Seguridad del Estado de México fue remitida a las comisiones de Gobernación y
Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública y Tránsito para su estudio.
Promover la denuncia de actos ilícitos de servidores
públicos
Promover la denuncia de actos ilícitos cometidos por
servidores públicos es el objetivo de la iniciativa de reforma al Código Penal
del Estado de México, la cual establece que el particular que denuncie la
entrega de dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público, dentro de los
10 días hábiles siguientes, no será sancionado cuando sea el servidor público
el que haya solicitado o incite dicha entrega.
En cuanto a los delitos cometidos por los servidores de
procuración y administración de justicia, también se adicionan recibir recursos
notoriamente improcedentes, conceder términos o prórrogas indebidas; sacar, en
los casos en que la ley no lo autorice expresamente, los expedientes de la
oficina y tratar fuera de ella los asuntos que tramiten, además de no procurar
o administrar justicia con perspectiva de género, además de dar por probado un
hecho que legalmente no lo esté en los registros o tener como no probado uno
que, conforme a la ley, deba reputarse debidamente justificado.
La iniciativa de reforma al Código Penal y la Ley Orgánica
de la Administración Pública, ambas del Estado de México, se remitió a las
comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Transparencia, Acceso a
la Información Pública, Protección de Datos Personales y de Combate a la
Corrupción y de Procuración y Administración de Justicia para su estudio.
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