viernes, 30 de junio de 2017

Proponen endurecer penas para policías que descuiden sus armas y equipo de trabajo


Toluca de Lerdo, México.
La LIX Legislatura mexiquense analizará una iniciativa presentada por el titular del Ejecutivo estatal para adicionar el “robo por negligencia” en los casos que ameritan sanciones para los integrantes de las instituciones de seguridad pública que descuiden los equipos y armas de fuego que les asignan para el ejercicio de sus funciones.

También propone que las penas por esta falta alcancen los cuatro años de prisión y 400 días multa en caso de armas cortas, y de hasta seis años de prisión y 500 días multa cuando se trate de armas largas.
De aprobarse, el “robo por negligencia”, así como el ocultamiento o la desaparición del equipo, se sumarían a conductas que ameritan esta pena como el extravío, daño, alteración, sustracción o entrega a un tercero, fuera de los casos de revisión o de los previstos en las normas aplicables.

Adicionalmente, los responsables deberán pagar la reparación del daño en favor de la institución de seguridad pública que haya otorgado las asignaciones o resguardos correspondientes.

La iniciativa de reforma al artículo 207 de la Ley de Seguridad del Estado de México fue remitida a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Seguridad Pública y Tránsito para su estudio.

Promover la denuncia de actos ilícitos de servidores públicos

Promover la denuncia de actos ilícitos cometidos por servidores públicos es el objetivo de la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de México, la cual establece que el particular que denuncie la entrega de dinero o cualquier otra dádiva a un servidor público, dentro de los 10 días hábiles siguientes, no será sancionado cuando sea el servidor público el que haya solicitado o incite dicha entrega.

En cuanto a los delitos cometidos por los servidores de procuración y administración de justicia, también se adicionan recibir recursos notoriamente improcedentes, conceder términos o prórrogas indebidas; sacar, en los casos en que la ley no lo autorice expresamente, los expedientes de la oficina y tratar fuera de ella los asuntos que tramiten, además de no procurar o administrar justicia con perspectiva de género, además de dar por probado un hecho que legalmente no lo esté en los registros o tener como no probado uno que, conforme a la ley, deba reputarse debidamente justificado.

La iniciativa de reforma al Código Penal y la Ley Orgánica de la Administración Pública, ambas del Estado de México, se remitió a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y de Combate a la Corrupción y de Procuración y Administración de Justicia para su estudio. 

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