viernes, 31 de mayo de 2019

Hacen un llamado enérgico al Congreso de la Ciudad a eliminar artículo 60



Ciudad de México.
Los derechos humanos de los que menos tienen son fundamentales dentro de los principios y valores de la COPARMEX, que desde su fundación ha perseguido el bien común; sin embargo, el respeto a la propiedad privada es también un derecho esencial, consagrado como uno de los principios rectores de la Constitución de la Ciudad de México, por lo que exhortamos a su Congreso a eliminar el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías; y a que presente una reforma donde deje de atentarse en contra de quienes legítimamente invierten sus recursos para la adquisición de inmuebles.

Publicada el 8 de febrero pasado, la citada ley imposibilita la recuperación de una propiedad en el caso de que haya sido invadida o ante el incumplimiento de un arrendatario; asimismo, se convierte en un freno adicional para el sector de la construcción que ha perdido dinamismo; también se vuelve un factor para encarecer las rentas y dará un golpe al poder adquisitivo de la población. Finalmente, es una protección a los grupos y organizaciones promotoras de invasiones de predios.

La sana convivencia de la sociedad inicia por el respeto al estado de Derecho que da sustento al pacto social, a partir de la certeza jurídica para quienes han realizado un esfuerzo adicional y lograron constituir un patrimonio se podrán construir mejores condiciones de vida para todos.

Los miembros de la COPARMEX CDMX hacemos un enérgico llamado a los diputados de la I Legislatura del Congreso local para que realicen las correcciones que nos permitan vivir en armonía, respeto y certeza jurídica.

Y los invitamos a que mediante las leyes pertinentes, se estimule la inversión, la libre empresa, normas que impulsen la productividad y produzcan más y mejores empleos y de esta forma reduzcamos la brecha social y económica, motivo del artículo que terminó atentando contra la propiedad privada.

El artículo 60 de citada ley textualmente señala: “Para evitar que los desalojos forzosos o lanzamientos, violen, entre otros derechos, el derecho a una vivienda adecuada, podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales.

“Antes de realizarse, las personas que serán desalojadas tienen el derecho a: no ser discriminadas, que se estudien todas las demás posibilidades que permitan evitar o minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza; la debida indemnización en caso de ser privados de bienes o sufrir pérdidas inmateriales; y contar con las debidas garantías procesales, lo que incluye la obligación del juez de dar audiencia a las personas que puedan ser objeto de un lanzamiento de su domicilio”.

Además, cita el artículo: “Las autoridades competentes deben garantizar el adecuado realojamiento, de las personas sin recursos desalojadas, en un radio no mayor a 15 kilómetros tomando como centro el lugar de origen”.

El texto agrega que “las autoridades y poderes públicos de la Ciudad pondrán a disposición la información pública necesaria para conocer el número de personas desalojadas de las viviendas en las cuales tenían su domicilio, el lugar y las causas de los desalojos.

Y advierte que “las autoridades y poderes públicos de la Ciudad pondrán a disposición la información pública necesaria para conocer el número de personas desalojadas de las viviendas en las cuales tenían su domicilio, el lugar y las causas de los desalojos”.

Para la COPARMEX CDMX el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías en la Ciudad de México contraviene diversos principios rectores de los derechos humanos reconocidos en la propia ley, entre otros: a) La Integralidad en la que se plantea que los derechos humanos constituyen una unidad, por lo cual no deben ser jerarquizados ni relegados unos de otros; b) La no regresividad que dicta que las autoridades se abstendrán de adoptar medidas que disminuyan el nivel de protección de los derechos reconocidos por el orden jurídico.

Hacemos un llamado enérgico al Congreso de la Ciudad de México para que en el marco de sus atribuciones realice las correcciones necesarias para garantizar el derecho de propiedad y la certeza jurídica que demanda el desarrollo de nuestra ciudad.

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