- Permite a los ciudadanos obtener datos y documentos sobre el uso de recursos públicos.
Toluca, México.- El derecho de acceso a la información es la prerrogativa que tienen las personas para obtener datos y documentos de instituciones gubernamentales y empresas privadas que ejercen un gasto público, señaló David Arias García.
El Jefe de la Unidad de Información y Planeación Estratégica de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, dijo que hasta hace algunos años en nuestro país parecía imposible el acceso a la información, sin embargo, ya es un derecho y permite a la población en general, participar en las decisiones del gobierno.
Mencionó que se trata de un derecho de nueva generación que garantiza un adecuado acceso a la información pública y “es de gran importancia, porque permite al beneficiario tomar decisiones, por ejemplo, a qué centro de salud asistir, dónde recibir un mejor servicio educativo o qué disposiciones de carácter ambiental hay que cumplir para determinada actividad, entre muchos otros”, aseguró.
Añadió que también se le considera un derecho instrumental, porque en la medida en que se obtiene información, podemos acceder al resto de los derechos humanos consagrados en la constitución política; asimismo es un medio a través del cual podemos evaluar resultados o políticas públicas del gobierno.
Diferenció entre el derecho de acceso a la información pública y el derecho a la información, que no son lo mismo, ya que éste último tiene como objetivo allegarse de información, informar y ser informado, mientras que el primero sólo atiende al elemento de ser informado, por tanto se define como una prerrogativa que permite preguntar y recibir una respuesta por parte de las instituciones obligadas.
Arias García precisó que el derecho de acceso a la información es un elemento de la transparencia, y ésta a su vez, es un factor de la rendición de cuentas que deben presentar las instituciones públicas.
Explicó que para decir que es un derecho de nueva generación hay que tomar en cuenta dos vertientes, la evolución de los derechos humanos y el desarrollo normativo de los mismos.
En el caso de la primera vertiente, se reconocen a la fecha tres generaciones de derechos humanos; la primera tiene que ver con los derechos civiles y políticos, la segunda con los derechos económicos y sociales; la tercera con los llamados derechos de la solidaridad.
“Se dice que actualmente vamos por una cuarta generación de los derechos, referente a la regulación de la relación entre los seres humanos y la tecnología, y por tanto con el acceso a la información y la evaluación de los resultados de las acciones de gobierno”, detalló.
Mencionó que la otra vertiente es la evolución normativa de ese derecho y sus cuatro generaciones, la primera a partir de la aparición de leyes que lo regulan y limitan; en una segunda generación se tienen órganos garantes y se explican los procedimientos para acceder a la información; en una tercera, al ser sujeto al escrutinio público, el Estado pone más límites; y en la cuarta, se habla de órganos garantes autónomos con procedimientos para acceder a la información bajo los principios de simplicidad, gratuidad y máxima publicidad, concluyó.
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