viernes, 20 de septiembre de 2013

Acción nacional, en defensa del derecho ciudadano: Ulises Ramírez

  • Ciudadanos mexiquenses, con derecho a participar en los asuntos políticos del Estado de México.




Toluca, Estado de México.- Con el fin de crear el juicio ciudadano local, que defienda la vigencia efectiva de derechos como restablecer prerrogativas ciudadanas frente a violaciones al derecho de votar y ser votado, el Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, Ulises Ramírez Núñez, presentó la iniciativa de decreto que reforma y adiciona diversos dispositivos del Código Electoral del Estado de México.

Al hacer uso de la palabra, a nombre del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, el líder de los diputados albiazules, abundó que con las modificaciones se busca defender, frente a transgresiones al derecho de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos de la Entidad; ante afectaciones al derecho de afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos; así como ante violaciones al derecho para integrar las autoridades electorales, a través de un sistema de tutela jurisdiccional efectiva que materializará el Tribunal Electoral del Estado de México.

Adicionalmente, el diputado Ulises Ramírez, resaltó que la reforma tiene por objeto: “defender de forma eficaz los derechos político-electorales del ciudadano en el ámbito de competencia local; contribuir con el federalismo jurídico-electoral; y robustecer al Tribunal Electoral del Estado de México”.

Recordó que no fue sino hasta 1996 que se dejaron atrás cien años de vacío de la tutela jurisdiccional de los derechos políticos, cuando se creó el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano que protege desde ese entonces, el derecho de votar, a ser votado y de asociación política.
Finalmente, indicó que derivado de las interpretaciones recientes hechas al Pacto Político por los Tribunales Federales, se concluye que de conformidad con los artículos 41, Base 1, y 116, fracción IV, de la Constitución Federal, esta Soberanía no solo está facultada a legislar en materia del juicio ciudadano local, sino obligada a proteger mediante dicho juicio los derechos político-electorales.